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Legislación › Ley 8/2015, de 15 de octubre, del Estatuto de las Mujeres Agricultoras.

Artículo 27. Reconocimiento del trabajo de las mujeres.

Artículo 27. Reconocimiento del trabajo de las mujeres.

Las mujeres que trabajan en el sector agrario tienen derecho a que se visibilice y reconozca el trabajo que han realizado y realizan; las administraciones vascas promoverán, a través de estudios, campañas de información, premios u otras vías que consideren necesarias, su visibilización y reconocimiento.

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