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Ley 8/2015, de 15 de octubre, del Estatuto de las Mujeres Agricultoras.

En vigor Comunidad Autónoma del País Vasco · Publicada el 29 de octubre de 2015 · Último cambio el 21 de octubre de 2015 · Ver en el BOE

Índice

  1. Preámbulo
  2. TÍTULO I
  3. Artículo 1. Objeto.
  4. Artículo 2. Principios.
  5. Artículo 3. Igualdad de trato.
  6. Artículo 4. Acción positiva.
  7. Artículo 5. Igualdad de oportunidades.
  8. Artículo 6. Integración de la perspectiva de género.
  9. Artículo 7. Definiciones.
  10. Artículo 8. Diversidad de las mujeres agrarias.
  11. Artículo 9. Discriminación múltiple.
  12. TÍTULO II
  13. Artículo 10. Derecho a acceder a la titularidad.
  14. Artículo 11. Requisitos de la titularidad compartida.
  15. Artículo 12. Régimen de la titularidad compartida.
  16. Artículo 13. Registro de la titularidad compartida.
  17. Artículo 14. Medidas de difusión.
  18. Artículo 15. Ayudas y subvenciones.
  19. Artículo 16. Asignaciones y otras medidas.
  20. Artículo 17. Fomento de la afiliación de las mujeres en la Seguridad Social.
  21. TÍTULO III
  22. Artículo 18. Participación en el sector público.
  23. Artículo 19. Participación social y política.
  24. Artículo 20. Promoción y empleo por cuenta ajena de las mujeres en el sector agrario.
  25. Artículo 21. Convenios.
  26. TÍTULO IV
  27. Artículo 22. Conciliación corresponsable.
  28. Artículo 23. Salud en el trabajo.
  29. Artículo 24. Protección frente a la violencia contra las mujeres y el acoso sexista.
  30. Artículo 25. Derecho a la formación.
  31. Artículo 26. Formación en igualdad.
  32. TÍTULO V
  33. Artículo 27. Reconocimiento del trabajo de las mujeres.
  34. Artículo 28. Estudios, investigaciones y estadísticas.
  35. TÍTULO VI
  36. Artículo 29. Creación y composición.
  37. Artículo 30. Funciones.
  38. Artículo 31. Funcionamiento.
  39. Disposición adicional primera. Asociaciones de desarrollo rural.
  40. Disposición adicional segunda. Ayudas a asociaciones y organizaciones.
  41. Disposición adicional tercera. Hazilur.
  42. Disposición derogatoria.
  43. Disposición final primera. Modificación del artículo 14 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.
  44. Disposición final segunda. Modificación del artículo 92 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria.
  45. Disposición final tercera. Modificación del artículo 4 de la Ley 17/2008, de 23 de diciembre, de Política Agraria y Alimentaria, y creación de un nuevo punto 25.
  46. Disposición final cuarta. Adaptación de normas.
  47. Disposición final quinta. Entrada en vigor.
  48. Firma