LexTotal

Legislación › Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016.

Disposición adicional sexagésima cuarta. Beneficios fiscales aplicables a «Prevención de la Obesidad. Aligera tu vida».

Disposición adicional sexagésima cuarta. Beneficios fiscales aplicables a «Prevención de la Obesidad. Aligera tu vida».

Uno. El proyecto «Prevención de la Obesidad. Aligera tu vida» tendrá la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo.

Dos. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2019.

Tres. La certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.

Cuatro. Las actuaciones a realizar serán las que aseguren el adecuado desarrollo del acontecimiento. El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizarán por el órgano competente de conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002.

Cinco. Los beneficios fiscales de este programa serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002.

Se modifica el apartado Dos por la disposición final 41.2 de la Ley 6/2018, de 3 de julio. BOE-A-2018-9268

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
5 de julio de 2018 En vigor BOE-A-2018-9268 Leer Qué cambió
1 de enero de 2016 Texto original Leer

← Disposición adicional sexagésima tercera Índice Disposición adicional sexagésima quinta →