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Legislación › Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.

ANEXO III

ANEXO III

Criterios de valoración

Criterios de valoración Puntuación máxima
Características del solicitante (1) (máximo 25 puntos)  
1. Priorización respecto a la estructura y alcance de la EAP (máximo 17 puntos. Acumulativos):  
1.1 EAP con más de 1.000 socios cooperativistas de base. 1
1.2 EAP con más de 2.000 socios cooperativistas de base. 1
1.3 EAP con más de 5.000 socios cooperativistas de base. 2
1.4 EAP con más de 20.000 socios cooperativistas de base. 3
1.5 EAP con empleo femenino superior al 15 %. 2
1.6 EAP con empleo de jóvenes menores de 41 años con un porcentaje superior al 15 %. 2
1.7 EAP con ámbito de actuación superior al de dos comunidades autónomas. 1
1.8 EAP con ámbito de actuación de la EAP superior a cinco provincias. 1
1.9 EAP con, al menos, un 25 % de mujeres en el Consejo Rector o en el Consejo de Administración. 2
1.10 EAP con, al menos, un 10 % de menores de 41 años en el Consejo Rector o en el Consejo de Administración. 2
2. Priorización respecto a la capacidad económica de la entidad (máximo 4 puntos):  
2.1 Entidad con ratio patrimonio neto/activo no corriente superior o igual a 0,5 e inferior a 0,7 (en el año anterior a presentar la solicitud de inversión). 2
2.2 Entidad con ratio patrimonio neto/activo no corriente superior o igual a 0,7 (en el año anterior a presentar la solicitud de inversión). 4
3. Priorización de la relación de los objetivos estratégicos de la entidad con el objeto del proyecto. 3
4. Priorización de la no renuncia a ayudas en anteriores convocatorias de la medida. La entidad no ha renunciado a ningún proyecto de inversión en anteriores convocatorias, una vez concedido. 1
Características del proyecto (máximo 90 puntos)  
5. Priorización respecto a la ubicación de la futura inversión (máximo 4 puntos):  
5.1 Inversiones que tengan lugar en regiones insulares. 1
5.2 Inversiones que tengan lugar en zonas rurales. 2
5.3 Inversiones que supongan el traslado de las instalaciones de una zona no rural a una zona rural. 1
6. Priorización respecto a las repercusiones económicas y sociales (máximo 7 puntos):  
6.1 Inversión vinculada a la creación y mantenimiento(2) de empleo en la entidad. 5
6.2 Inversión vinculada a la creación y mantenimiento de empleo en el medio rural (excluida la creación de empleo en la entidad). 2
7. Priorización respecto a igualdad de género y promoción de jóvenes (máximo 4 puntos):  
7.1 Inversión vinculada a la creación y mantenimiento de empleo femenino en al menos un 50% en los empleos creados. 2
7.2 Inversión vinculada a la creación y mantenimiento de empleo de jóvenes menores de 41 años en al menos un 50% de los empleos creados. 2
8. Priorización respecto a la transformación industrial y valor añadido (máximo 20 puntos):  
8.1 Inversión que se destina a una mayor transformación industrial (nuevo producto) a la existente en la entidad en el momento de presentación de la solicitud. 10
8. 2 Inversión que conlleva una integración vertical, esto es, la inversión es parte o todo de un proyecto global que representa un paso más en la cadena alimentaria o incluye todos los pasos hasta el cierre total de la misma, propiciando que el valor añadido que permanezca en la EAP sea el máximo. 10
9. Priorización del potencial de concentración de la oferta del producto (máximo 10 puntos. No acumulativos):  
9.1 Inversión que conlleva un incremento del 5 % de la cantidad de producto (en kg o litros) que concentra la EAP, como consecuencia de la inversión. 5
9.2 Inversión que conlleva un incremento del 10 % de la cantidad de producto (en kg o litros) que concentra la EAP, como consecuencia de la inversión. 10
10. Priorización de la orientación hacia mercados exteriores (puntuación máxima 6 puntos):  
10.1 Inversión que conlleva, al menos, un volumen del 10 % destinado al comercio exterior en mercados distintos del nacional. 3
10.2 Inversión que conlleva, al menos, un volumen del 10 % destinado al comercio exterior en países fuera de la UE. 3
11. Priorización de requisitos de calidad y cumplimiento de criterios medioambientales (máximo 8 puntos):  
11.1 Inversión que lleva aparejada la puesta en marcha de algún tipo de certificación en aseguramiento de la calidad, basado en estándares internacionalmente reconocidos. 2
11.2 Inversión que lleva aparejada la puesta en marcha de algún tipo de certificación relacionada con criterios medioambientales, basados en estándares internacionalmente reconocidos. 2
11.3 Inversión que se orienta, en todo o en parte, a la producción bajo una figura de calidad diferenciada reconocida (DOP, IGP, ETG). 2
11.4 Inversión que se orienta, en todo o en parte, a la producción ecológica. 2
12. Priorización del incremento de la sostenibilidad, eficiencia energética, uso de energías renovables, reducción y valorización de residuos y desperdicio alimentario (máximo 21 puntos):  
12.1 Inversión en la que se destina, al menos, el 15% del presupuesto del proyecto a la mejora de la eficiencia energética y/o a la reducción del consumo hídrico(3). 5
12. 2 Inversión en la que se destina, al menos, el 15% del presupuesto del proyecto a la valorización, tratamiento y/o gestión de residuos y/o efluentes líquidos. 5
12.3 Inversión en la que se destina, al menos, el 10% del presupuesto del proyecto a la utilización de energía renovable (biomasa, eólica, solar, geotérmica…), para los procesos de transformación, electricidad o climatización y exclusivamente destinada al autoconsumo. 5
12.4 Inversión en la que se destina, al menos, el 10% del presupuesto del proyecto a la reducción del desperdicio alimentario. 5
12.5 Inversión que contribuye a la mejora de la sostenibilidad, la reducción de los impactos ambientales y/o la mitigación del cambio climático, mediante procesos no contemplados en lo anteriores. 1
13. Priorización de la utilización de las Mejores Técnicas disponibles. La inversión contempla las Mejores Técnicas Disponibles (MTD) propias de su sector de actividad, que permitan conseguir mejores niveles productivos con menor consumo de recursos(4). 5
14. Inversión que se orienta a la implantación de la industria 4.0 (industria conectada)(5). 4
15. Priorización del desarrollo de la innovación. La inversión está relacionada con el resultado de un proyecto de innovación de la Asociación Europea para la Innovación (EIP). 1

(1) En el caso de entidades mercantiles, los criterios relacionados con la EAP se aplicarán a la entidad con mayor participación accionarial.

(2) Vinculado a la durabilidad de la inversión.

(3) Deberá aportarse un certificado emitido por un experto independiente que lo acredite.

(4) Para acreditarlo, en la memoria que acompañe a la solicitud de ayuda, se justificará expresamente y de forma razonada en qué medida las inversiones contemplan la aplicación de la MTD.

(5) La inversión contemplará la incorporación o desarrollo de técnicas avanzadas y tecnologías inteligentes (aplicaciones innovadoras de gestión, soluciones de negocio interempresa, tratamiento masivo de datos, robótica avanzada, sensores y sistemas embebidos) como medio para conseguir incrementar la competitividad y mejorar el posicionamiento de la entidad. Deberá aportarse un informe del análisis de la madurez digital de la empresa (Herramienta de Autodiagnóstico Digital Avanzada "HADA").

Se modifica por el art. 1.10 del Real Decreto 137/2020, de 28 de enero. BOE-A-2020-1245

Se modifican los apartados 1.1.7 y 1.1.8 por el art. 1.10 del Real Decreto 2/2019, de 11 de enero. BOE-A-2019-318

Se modifica los apartados 1.1.4, 1.1.8 y 2.3.2 por el art. 1.16 del Real Decreto 21/2018, de 19 de enero. BOE-A-2018-716

Téngase en cuenta la cláusula suspensiva establecida por la disposición transitoria segunda del citado Real Decreto.

Se modifican los apartados 1.4.1 y 2.1.3 por el art. 1.9 del Real Decreto 702/2016, de 23 de diciembre. BOE-A-2016-12275

Se modifica el apartado 1.2 por la disposición final 2.5 del Real Decreto 126/2016, de 1 de abril. BOE-A-2016-3159

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1245 Leer Qué cambió
13 de enero de 2019 BOE-A-2019-318 Leer Qué cambió
21 de enero de 2018 BOE-A-2018-716 Leer Qué cambió
2 de enero de 2017 BOE-A-2016-12275 Leer Qué cambió
3 de abril de 2016 BOE-A-2016-3159 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2015 Texto original Leer

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