LexTotal

Legislación › Real Decreto 1010/2015, de 6 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de la concesión de ayudas a inversiones materiales o inmateriales en transformación, comercialización y desarrollo de productos agrarios en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014-2020 para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico.

ANEXO III

Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de abril de 2016 y la del 2 de enero de 2017. Tachado: lo que se quitó (15 palabras). Subrayado: lo que se añadió (16 palabras). Volver al texto en vigor

ANEXO III
Criterios de valoración
Criterios de valoración
·
Puntuación máxima
·
Características del solicitante (máximo 42 puntos)
·
·
1.1 Valoración respecto a la estructura alcance de la entidad asociativa prioritaria (EAP) para realizar la inversión (máximo 12 puntos):
·
·
1.1.1 EAP con más de 2.000 socios cooperativistas de base.
·
1
·
1.1.2 EAP con más de 20.000 socios cooperativistas de base (adicional al apartado anterior)
·
1
·
1.1.3 EAP con empleo femenino superior al 15%.
·
2
·
1.1.4 EAP con empleo de jóvenes menores de 35 años con un porcentaje superior al 15%.
·
2
·
1.1.5 Ámbito de actuación de la EAP superior al ámbito de dos comunidades autónomas.
·
1
·
1.1.6 Ámbito de actuación de la EAP superior a cinco provincias.
·
1
·
1.1.7 Por contener, al menos, un 25% de mujeres en el Consejo de dirección.
·
2
·
1.1.8 Por contener, al menos, un 10% de menores de 35 años en el Consejo de dirección.
·
2
·
1.2 Valoración respecto a la capacidad de la EAP para realizar la inversión (Máximo 20 puntos).
·
·
1.2.1 EAP con ratio patrimonio neto/activo no corriente superior o igual a 0,5 e inferior a 0,7 (en el año anterior a presentar la solicitud de inversión).
·
10
·
1.2.2 EAP con ratio patrimonio neto/activo no corriente superior o igual a 0,7 (en el año anterior a presentar la solicitud de inversión).
·
20
·
1.3 Valoración del grado de coincidencia entre los objetivos de la inversión y los propuestos por la EAP (máximo 5 puntos):
·
·
1.3.1 Inversión de la EAP coincidente con alguno de los fines constitutivos de la misma, en cuanto a los fines empresariales.
·
5
·
1.4 Ayudas recibidas con anterioridad para inversiones, dirigidos a los profesionales del medio rural y financiados por el Fondo Europeo Agrario de Desarrollo Rural (FEADER) y el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente. Cuando la EAP no haya sido beneficiaria con anterioridad de ayudas con destino a la inversión (máximo 5 puntos):
·
·
1.4.1 No haber recibido ayudas públicas para sido beneficiaria de la medida de inversiones del PNDR en el mismo periodo presupuestario FEADER, para esta medida. FEADER.
·
5
·
Características del proyecto (máximo 72 puntos)
·
·
2.1 Valoración respecto a la ubicación de la futura inversión (máximo 6 puntos):
·
·
2.1.1 En los casos de inversiones que tengan lugar en regiones insulares.
·
2
·
2.1.2 En los casos de inversiones que tengan lugar en zonas rurales.
·
2
·
2.1.3 En los casos de inversiones que supongan traslado de las instalaciones del interior de un casco urbano a otras zonas habilitadas para el uso proyectado. una zona rural (fuera del casco urbano).
·
2
·
2.2 Valoración respecto a las repercusiones económicas y sociales (máximo 10 puntos):
·
·
2.2.1 Inversión de la EAP vinculada a la creación de empleo en la propia EAP.
·
5
·
2.2.2 Inversión de la EAP vinculada a la creación de empleo en el medio rural con influencia respecto a la EAP.
·
5
·
2.3 Valoración respecto a presencia de jóvenes y mujeres (máximo 5 puntos):
·
·
2.3.1 En los casos de solicitudes que generen empleo femenino de al menos un 25% en los empleados.
·
2.5
·
2.3.2 En los casos de solicitudes que cogeneren empleo de jóvenes menores de 35 años en al menos un 25% de los empleos.
·
2.5
·
2.4 Sector agroalimentario que representara la futura inversión (máximo 10 puntos):
·
·
2.4.1 Proyecto de inversión que se destina a una mayor transformación industrial.
·
5
·
2.4.2 Proyecto de inversión que conlleve una integración vertical, esto es, que el proyecto de inversión sea parte o todo de un proyecto global que integre la cadena alimentaria, propiciando que el valor añadido que permanezca en la EAP sea el máximo.
·
5
·
2.5 Previsión de la concentración de la oferta del producto comercializado por la EAP y su importancia respecto al sector total nacional que representara (potencial de concentración de oferta) (máximo 10 puntos):
·
·
2.5.1 Incremento del 10% en volumen de producto en kg o litros que se va a concentrar con el proyecto de inversión durante el periodo de durabilidad de la inversión.
·
5
·
2.5.2 Incremento del 20% en volumen de producto que concentra la EAP respecto al total del producto nacional comercializado (cuota de mercado) tras haberse finalizado el proyecto de inversión.
·
5
·
2.6 Previsión de implantación de los productos agroalimentarios nacionales en países fuera de la UE (máximo 10 puntos):
·
·
2.6.1 Si al menos el 20% del volumen de producción previsto va destinado al comercio exterior durante el periodo de durabilidad de la inversión.
·
10
·
2.7 Previsión de adecuación a requisitos de calidad y cumplimiento de criterios medioambientales (máximo 10 puntos):
·
·
2.7.1 Si el proyecto de inversión lleva aparejada la puesta en marcha de algún tipo de certificación en aseguramiento de la calidad o medioambiental, basado en estándares internacionalmente reconocidos.
·
1
·
2.7.2 El proyecto de inversión se orienta en todo o en parte a la producción de una figura de calidad diferenciada reconocida (DOP, IGP, ETG).
·
1
·
2.7.3 El proyecto de inversión se orienta en todo o en parte a la producción ecológica.
·
1
·
2.7.4 Si al menos el 15% del presupuesto del proyecto de inversión se destina a la mejora de la eficiencia energética y/o la reducción del consumo hídrico.
·
1
·
2.7.5 Si al menos el 15% del presupuesto del proyecto de inversión se destina a la mejora en el tratamiento y/o gestión de residuos y subproductos.
·
1
·
2.7.6 Si al menos el 15% del presupuesto del proyecto de inversión se destina a la reducción del desperdicio alimentario.
·
1
·
2.7.7 Si el proyecto de inversión propone la utilización de energía renovable (biomasa, eólica, solar, geotérmica…), para los procesos de transformación, electricidad o calefacción.
·
2
·
2.7.8 Si el proyecto de inversión contribuye a la mejora de la sostenibilidad, la reducción de los impactos ambientales y/o la mitigación al cambio climático.
·
2
·
2.8 Las inversiones deberán tener en cuenta las mejoras o nuevas técnicas disponibles (MTD) propias de su sector de actividad que consigan mejores niveles productivos con menor consumo de recursos. Para acreditar esto, en la memoria que acompañe a la solicitud de ayuda se justificará expresamente y de forma razonada en qué medida las inversiones han tenido en cuenta las MTD (máximo 11 puntos):
·
·
2.8.1 Si el proyecto de inversión contempla las mejoras o nuevas técnicas disponibles (MTD) propias de su sector de actividad.
·
11
·

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de enero de 2020 En vigor BOE-A-2020-1245 Leer Qué cambió
13 de enero de 2019 BOE-A-2019-318 Leer Qué cambió
21 de enero de 2018 BOE-A-2018-716 Leer Qué cambió
2 de enero de 2017 BOE-A-2016-12275 Leer Qué cambió
3 de abril de 2016 BOE-A-2016-3159 Leer Qué cambió
8 de noviembre de 2015 Texto original Leer

← Disposición final cuarta Índice