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Real Decreto 1023/2015, de 13 de noviembre, por el que se desarrolla reglamentariamente la composición, organización y ejercicio de funciones de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 14 de noviembre de 2015 · Último cambio el 20 de diciembre de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- CAPÍTULO II
- Artículo 2. Funciones y régimen jurídico.
- Artículo 3. Composición, organización y funcionamiento de la Sección Primera.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 4. Principios rectores.
- Artículo 5. Abstención y recusación.
- Artículo 6. Uso preferente de medios electrónicos.
- Artículo 7. Lugar de las actuaciones.
- Sección 2
- Artículo 8. Acciones judiciales o extrajudiciales.
- Artículo 9. Excepciones de competencia.
- Artículo 10. Acumulación y prevalencia de procedimientos.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 11. La solicitud de mediación. 2 redacciones · cambió el 20/12/2023
- Artículo 12. Negociaciones y propuesta en la mediación.
- Artículo 13. Terminación del procedimiento. 2 redacciones · cambió el 18/04/2018
- CAPÍTULO V
- Artículo 14. La solicitud de arbitraje. 2 redacciones · cambió el 20/12/2023
- Artículo 15. Procedimiento arbitral.
- Artículo 16. Terminación del procedimiento.
- Artículo 16 bis. Procedimiento aplicable a las cuestiones litigiosas sobre el acuerdo al que se refiere el artículo 129 bis.3 del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 17. Procedimiento aplicable.
- Artículo 18. Solicitud de arbitraje para fijar una cantidad sustitutoria de las tarifas generales.
- Artículo 19. Desarrollo del procedimiento.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 20. Solicitud de determinación de tarifas.
- Artículo 21. Inicio del procedimiento.
- Artículo 22. Medidas provisionales.
- Artículo 23. Instrucción del procedimiento.
- Artículo 24. Resolución.
- Artículo 25. Terminación convencional.
- Artículo 26. Pago de la tasa.
- Artículo 27. Recursos.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 28. Inicio del procedimiento.
- Artículo 29. Requerimiento de información y acuerdo de no iniciación.
- Artículo 30. Remisión de información a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
- Disposición adicional primera. Usuario especialmente significativo.
- Disposición adicional segunda. Aplicación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
- Disposición transitoria única. Vocales de la Sección Primera de la Comisión de Propiedad Intelectual.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Presupuesto para el ejercicio de la Comisión de Propiedad Intelectual.
- Disposición final tercera. Facultad de desarrollo.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V


