Legislación › Orden FOM/167/2015, de 6 de febrero, por la que se regulan las condiciones para la entrada en servicio de subsistemas de carácter estructural, líneas y vehículos ferroviarios.
ANEXO
ANEXO
Recorridos a realizar por los vehículos para obtener la autorización de entrada en servicio
1. Aspectos generales: Los recorridos finales definidos mediante el presente anexo tienen por objeto facilitar al solicitante la demostración del cumplimiento de requisitos de compatibilidad técnica e integración segura con la Red Ferroviaria de Interés General. De manera alternativa, el solicitante podrá proponer otros métodos para demostrar el cumplimiento de estos aspectos.
Los recorridos deberán realizarse en una configuración estable del vehículo, en condiciones similares a las de explotación futura. Serán independientes de los recorridos realizados durante los procesos de validación del resto de requisitos.
Por otra parte, estos recorridos podrán servir para otros fines tales como la obtención de la habilitación del personal de conducción o la simulación comercial, siempre y cuando se realicen en las condiciones adecuadas.
2. Criterios para la definición de los recorridos: Los recorridos se realizarán en aquellos tramos de la Red Ferroviaria de Interés General con características similares a las de las líneas por las cuales va a circular el material rodante objeto de validación a propuesta del solicitante. Para la realización de estos recorridos se deberá disponer de la correspondiente autorización provisional de circulación de acuerdo con el artículo 16 de esta orden.
2.1 Recorridos para el primer vehículo de una serie («tipo»).–Los kilómetros a realizar son los siguientes:
● Autopropulsados:
○ Material de Alta Velocidad y velocidad superior a 160 km/h:
– Vehículos tipo de tecnología nueva: 25.000 km.
– Vehículos tipo a partir de series de vehículos en circulación, sin innovaciones tecnológicas significativas: 10.000 km.
○ Resto de material: 5.000 km.
● Locomotoras:
○ Nuevo desarrollo: 10.000 km.
○ Evolución de series existentes: 5.000 km.
○ Locomotoras de maniobras: 2.000 km.
● Coches: 2.000 km.
● Vagones: 1.000 km (de los cuales 500 en carga y 500 en vacío).
● Vehículos ferrocarril-carretera (bimodales) y similares: 100 km.
● Resto de material auxiliar: 500 km.
2.2 Recorridos adicionales en condiciones extraordinarias.–Cuando esté previsto que el vehículo objeto de la validación vaya a circular en condiciones extraordinarias, el solicitante deberá, en su caso, proponer justificadamente recorridos adicionales a los fijados en los apartados anteriores.
Los supuestos en los que pueden darse estas condiciones extraordinarias pueden ser, entre otros:
○ Vehículos que circularán por líneas con características geométricas especialmente restrictivas, por encima de lo establecido en las normas aplicables (radios muy reducidos, pendientes muy elevadas, carga por eje limitada…).
○ Material ferroviario con tecnología totalmente innovadora, no experimentada anteriormente.
3. Supervisión de los recorridos e informe final: El informe final sobre el comportamiento del vehículo durante los mismos será emitido por el organismo designado. La supervisión de los recorridos será realizada por dicho organismo designado o a través de un evaluador independiente. Sus conclusiones serán tenidas en cuenta por el informe del evaluador de seguridad.
En dicho informe se tendrán en cuenta, al menos:
– El procedimiento de control de estos recorridos establecido por el fabricante.
– Resultados de las operaciones e intervenciones del plan de mantenimiento que se hayan realizado durante este periodo.
– Descripción y valoración de las incidencias habidas durante los recorridos.
– Conclusiones sobre la integración del vehículo y su compatibilidad con la Red Ferroviaria de Interés General.
Si durante la realización de estos recorridos se produjera una incidencia significativa que afectase a la seguridad en la circulación y tras cuyo análisis se concluyera que su subsanación conlleva la pérdida de la configuración estable del vehículo, deberán iniciarse de nuevo los recorridos una vez realizadas y validadas las modificaciones necesarias para solventar la incidencia.


