LexTotal

Legislación › Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

Artículo 152.

Artículo 152.

Se modifica el apartado 2 del artículo 46 de la Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se Regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:

«2. Igualmente, se procederá a inscribir cada centro, servicio o programa, una vez autorizado el funcionamiento del centro, o presentada, en su caso, la correspondiente declaración responsable del servicio o del programa.»

← Artículo 151 Índice Artículo 153 →