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Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
En vigor Comunitat Valenciana · Publicada el 10 de febrero de 2015 · Último cambio el 31 de mayo de 2025 · Ver en el BOE
Índice
- no
- [preambulo]
- CAPÍTULO I
- Artículo 1.
- Artículo 2.
- Artículo 3.
- Artículo 4.
- Artículo 5.
- Artículo 6.
- Artículo 7.
- Artículo 8.
- Artículo 9.
- Artículo 10.
- Artículo 11.
- Artículo 12.
- Artículo 13.
- Artículo 14.
- Artículo 15.
- Artículo 16.
- Artículo 17.
- Artículo 18.
- Artículo 19.
- Artículo 20.
- Artículo 21.
- Artículo 22.
- Artículo 23.
- Artículo 24.
- Artículo 25.
- Artículo 26.
- Artículo 27.
- Artículo 28.
- Artículo 29.
- Artículo 30.
- Artículo 31.
- Artículo 32.
- Artículo 33.
- Artículo 34.
- Artículo 35.
- Artículo 36.
- Artículo 37.
- Artículo 38.
- Artículo 39.
- Artículo 40.
- Artículo 41.
- Artículo 42.
- Artículo 43.
- Artículo 44.
- CAPÍTULO II
- Artículo 45.
- Artículo 46.
- Artículo 47.
- Artículo 48.
- Artículo 49.
- Artículo 50.
- Artículo 51.
- Artículo 52.
- Artículo 53.
- CAPÍTULO III
- Sección primera
- Artículo 54. Creación del Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Artículo 55. Relación con la conselleria competente en materia de Hacienda.
- Artículo 56. Funciones del Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Sección segunda
- Artículo 57. Órganos de gobierno del Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Artículo 58. La Presidencia.
- Artículo 59. El Consejo Rector.
- Artículo 60. La Dirección General.
- Artículo 61. Estructura de la Agencia Tributaria Valenciana. 3 redacciones · cambió el 31/05/2025
- Sección tercera
- Artículo 62. Régimen jurídico.
- Artículo 63. Personal y medios materiales de la Agencia Tributaria Valenciana. 2 redacciones · cambió el 31/05/2025
- Artículo 64. Recursos económicos.
- Artículo 65. Régimen económico-financiero.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 66.
- Artículo 67.
- CAPÍTULO V
- Artículo 68.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 69.
- Artículo 70.
- Artículo 71.
- Artículo 72.
- CAPÍTULO VII
- Artículo 73.
- Artículo 74.
- Artículo 75.
- Artículo 76.
- Artículo 77.
- Artículo 78.
- Artículo 79.
- Artículo 80.
- Artículo 81.
- Artículo 82.
- CAPÍTULO VIII
- Artículo 83.
- Artículo 84.
- Artículo 85.
- Artículo 86.
- Artículo 87.
- Artículo 88.
- Artículo 89.
- Artículo 90.
- CAPÍTULO IX
- Artículo 91.
- Artículo 92.
- CAPÍTULO X
- Artículo 93.
- CAPÍTULO XI
- Artículo 94.
- Artículo 95.
- Artículo 96.
- Artículo 97.
- Artículo 98.
- CAPÍTULO XII
- Artículo 99.
- Artículo 100.
- CAPÍTULO XIII
- Artículo 101.
- Artículo 102.
- Artículo 103.
- Artículo 104.
- Artículo 105.
- Artículo 106.
- Artículo 107.
- Artículo 108.
- Artículo 109.
- Artículo 110.
- Artículo 111.
- Artículo 112.
- Artículo 113.
- Artículo 114.
- Artículo 115.
- Artículo 116.
- Artículo 117.
- Artículo 118.
- Artículo 119.
- Artículo 120.
- CAPÍTULO XIV
- Artículo 121.
- Artículo 122.
- Artículo 123.
- Artículo 124.
- Artículo 125.
- Artículo 126.
- CAPÍTULO XV
- Artículo 127.
- Artículo 128.
- Artículo 129.
- Artículo 130.
- Artículo 131.
- Artículo 132.
- Artículo 133.
- CAPÍTULO XVI
- Artículo 134.
- CAPÍTULO XVII
- Artículo 135. Creación, modificación y extinción de categorías de personal estatutario en el ámbito del servicio de salud de la Comunitat Valenciana.
- Artículo 136. Jubilación del personal estatutario. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
- Artículo 137. Periodo nocturno, personal nocturno y sus efectos.
- Artículo 138. Supuestos de exclusión de las listas de empleo temporal de la bolsa de trabajo de Instituciones Sanitarias dependientes de la Conselleria de Sanidad.
- CAPÍTULO XVIII
- Artículo 139.
- Artículo 140.
- Artículo 141.
- Artículo 142.
- Artículo 143.
- Artículo 144.
- Artículo 145.
- CAPÍTULO XIX
- Artículo 146.
- Artículo 147.
- Artículo 148.
- Artículo 149.
- CAPÍTULO XX
- Artículo 150.
- CAPÍTULO XXI
- Artículo 151.
- CAPÍTULO XXII
- Artículo 152.
- Artículo 153.
- Artículo 154.
- Artículo 155.
- Artículo 156.
- Artículo 157.
- Artículo 158.
- Artículo 159.
- Artículo 160.
- Artículo 161.
- Artículo 162.
- Artículo 163.
- CAPÍTULO XXIII
- Artículo 164.
- CAPÍTULO XXIV
- Artículo 165.
- Artículo 166.
- CAPÍTULO XXV
- Artículo 167.
- CAPÍTULO XXVI
- Artículo 168.
- CAPÍTULO XXVII
- Artículo 169.
- CAPÍTULO XXVIII
- Artículo 170.
- Artículo 171.
- Artículo 172.
- Artículo 173.
- Artículo 174.
- CAPÍTULO XXIX
- Artículo 175.
- Artículo 176.
- CAPÍTULO XXX
- Artículo 177.
- Artículo 178.
- CAPÍTULO XXXI
- Artículo 179.
- CAPÍTULO XXXII
- Artículo 180.
- CAPÍTULO XXXIII
- Artículo 181.
- Artículo 182.
- CAPÍTULO XXXIV
- Artículo 183. Creación del Centro Especial de Empleo del IVAS, SA (CEE-IVAS, SA).
- Disposición adicional primera. Adscripción de puestos de trabajo al Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Disposición adicional segunda. Cuerpos en el ámbito de la aplicación de los tributos. 2 redacciones · cambió el 30/12/2021
- Disposición adicional tercera. Afectación de tasas y precios públicos al Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Disposición adicional cuarta. Mantenimiento de los convenios en el ámbito de las competencias del Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Disposición adicional quinta. Informática y administración electrónica tributarias.
- Disposición adicional sexta. Autorización del sistema de Código Seguro de Verificación (CSV) como sistema de firma electrónica del personal al servicio de la Administración tributaria de la Generalitat en las actuaciones no automatizadas.
- Disposición adicional séptima. Reclamaciones económico-administrativas en el caso de tributos propios de la Comunitat Valenciana. 2 redacciones · cambió el 30/12/2017
- Disposición adicional octava. Nulidad de pleno derecho y declaración de lesividad de los actos dictados en materia tributaria. 2 redacciones · cambió el 30/12/2017
- Disposición adicional novena. Solicitudes de prolongación de la permanencia en el servicio activo. 3 redacciones · cambió el 28/12/2018
- Disposición adicional décima. Plan Especial de Apoyo a la Inversión Productiva en Municipios de la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional undécima. Contratación electrónica. 2 redacciones · cambió el 31/12/2015
- Disposición adicional duodécima. Ordenación de los puestos de trabajo docentes.
- Disposición adicional decimotercera. Integración en el régimen estatutario del personal funcionario de carrera de administración especial del área de sistemas e informática cuya gestión se halla conferida a la Conselleria de Sanidad.
- Disposición adicional decimocuarta. Expropiaciones derivadas del II Plan Director de Saneamiento y Depuración y otras obras de la Comunitat Valenciana.
- Disposición adicional decimoquinta. Expropiaciones derivadas de nuevas actuaciones en infraestructuras públicas.
- Disposición transitoria primera. Puesta en funcionamiento del Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Disposición transitoria segunda. Procedimientos en curso en materia tributaria.
- Disposición transitoria tercera. Reclamaciones económico-administrativas en el caso de tributos cedidos por el Estado a la Comunitat Valenciana.
- Disposición transitoria cuarta. Retribuciones del personal y abono de otros gastos relacionados con el ejercicio de las funciones del Instituto Valenciano de Administración Tributaria.
- Disposición transitoria quinta. Constitución de la bolsa de trabajo de empleo temporal del Cuerpo Superior de Gestión de Tributos de la Administración de la Generalitat (A2-30), en el marco del proceso derivado de la adscripción y distribución de puestos de trabajo al que se refiere la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 5/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrat
- Disposición transitoria sexta. Asunción de competencias derivadas del Catálogo del Sistema Viario aprobado por el Decreto 49/2013, de 12 de abril, del Consell, por el que se aprueba el Catálogo del Sistema Viario de la Comunitat Valenciana.
- Disposición transitoria séptima. Duración de los expedientes vigentes en los Puntos de Encuentro Familiar.
- Disposición transitoria octava. Régimen aplicable a las solicitudes de autorización de centros, servicios o programas de servicios sociales en trámite.
- Disposición derogatoria única. Normativa que se deroga.
- Disposición final primera. Plazo de publicación de plantillas y puestos de trabajo en el sector público empresarial y fundacional.
- Disposición final segunda. Habilitación y autorización para la elaboración del texto refundido de la Ley 8/1985, de 31 de mayo, de regulación de la actuación financiera de las Cooperativas con Sección de Crédito en la Comunitat Valenciana.
- Disposición final tercera. Habilitaciones normativas.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- [firma]


