Legislación › Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
Artículo 136. Jubilación del personal estatutario.
Artículo 136. Jubilación del personal estatutario.
(Derogado)
Se deroga por la disposición derogatoria única de la Ley 10/2015, de 29 de diciembre. BOE-A-2016-1205
Téngase en cuenta que el apartado 2.b), permanecerá vigente hasta que se aprueben o modifiquen los instrumentos de planificación de los recursos humanos y las normas reglamentarias, según establece la disposición transitoria 3 de la citada Ley
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de enero de 2016 En vigor | BOE-A-2016-1205 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | Texto original | Leer |


