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Legislación › Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.

Artículo 160.

Artículo 160.

Se modifica el apartado 4 del artículo 80 de la Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se Regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunitat Valenciana, que queda redactado como sigue:

«Artículo 80. Sobre las infracciones leves.

4. Modificar la capacidad asistencial de un centro en más o en menos de un 10 por 100 sin haber obtenido la autorización administrativa correspondiente.»

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