Legislación › Ley 7/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales, de Gestión Administrativa y Financiera, y de Organización de la Generalitat.
Artículo 22.
Artículo 22.
Se añade un nuevo epígrafe 4 al apartado 1 del artículo 227 del texto refundido de la Ley de Tasas de la Generalitat, aprobado por Decreto Legislativo 1/2005, de 25 de febrero, del Consell, con la siguiente redacción:
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Tipo de servicio |
Importe (euros) |
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4. Diligenciado y sellado de libros oficiales |
3,00 |


