Legislación › Real Decreto 980/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, y se modifica el Real Decreto 669/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
Artículo 10. Competencia general del ciclo final de grado medio en baloncesto.
Artículo 10. Competencia general del ciclo final de grado medio en baloncesto.
La competencia general del ciclo final de grado medio en baloncesto consiste en confeccionar, adaptar, dinamizar y dirigir el entrenamiento en la etapa de tecnificación deportiva de baloncesto; coordinar, acompañar y tutelar a los deportistas durante su participación en actividades, competiciones y eventos propios de este nivel; gestionar los recursos materiales necesarios y las actividades de los técnicos a su cargo; organizar actividades, competiciones y eventos de este o inferior nivel; todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, en condiciones de seguridad y con un nivel alto de calidad que permita la satisfacción de los deportistas participantes en la actividad.


