Legislación › Real Decreto 980/2015, de 30 de octubre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Baloncesto y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso, y se modifica el Real Decreto 669/2013, de 6 de septiembre, por el que se establece el título de Técnico Deportivo en Atletismo y se fijan sus enseñanzas mínimas y los requisitos de acceso.
ANEXO II.a
ANEXO II.a
Objetivos generales
a. Ejecutar técnicas básicas propias de este nivel, con la seguridad suficiente y tomando conciencia de lo realizado, para servir de modelo en el proceso de enseñanza-aprendizaje de la iniciación al baloncesto.
b. Establecer y transmitir la información sobre la actividad y recoger la información sobre los participantes, analizando las características de la información y aplicando procedimientos establecidos, para atender y motivar al deportista.
c. Analizar la ejecución técnica en el nivel de iniciación, utilizando procedimientos establecidos y comparando la ejecución técnica con los estándares propios de la iniciación en baloncesto para valorar su ejecución, determinar su nivel y concretar el agrupamiento de los deportistas.
d. Interpretar y adaptar la programación de referencia y la organización de la sesión, utilizando criterios de elección y temporalización de las tareas, discriminando la información sobre las características del grupo y las condiciones materiales existentes, para concretar la sesión de enseñanza-aprendizaje de la iniciación al baloncesto.
e. Elegir y demostrar las técnicas de dirección y procedimientos de control de las contingencias, aplicando instrumentos de observación y control y resolviendo supuestos, para dinamizar sesiones de enseñanza-aprendizaje de iniciación al baloncesto.
f. Identificar las condiciones de seguridad de las instalaciones y medios propios de la iniciación deportiva, aplicando procedimientos establecidos y la normativa vigente, para controlar la seguridad en la práctica.
g. Describir, preparar y ejecutar los primeros auxilios, identificando las características de los supuestos y aplicando los protocolos establecidos, para asistir como primer interviniente en caso de accidente o situación de emergencia.
h. Identificar las características de las competiciones y eventos propios de la iniciación deportiva, analizando el reglamento y las bases de competición para seleccionar a los deportistas en función de su nivel y características.
i. Identificar y describir los procesos de inscripción y acompañamiento de los deportistas así como los aspectos técnicos y tácticos de la competición y eventos propios de la iniciación deportiva, analizando supuestos, aplicando los procedimientos establecidos y teniendo en cuenta el reglamento, para acompañar y dirigir a los deportistas en competiciones de nivel de iniciación.
j. Identificar y describir las características organizativas de las competiciones y eventos propios de la iniciación deportiva, enumerando los medios materiales y humanos necesarios, para colaborar e intervenir en la organización y gestión de este tipo de actos.
k. Identificar y describir las variables que intervienen en el desarrollo de la actividad, aplicando los procedimientos establecidos y clasificando la información obtenida, para valorar el desarrollo de la sesión de iniciación y el acompañamiento en baloncesto y ajustar el proceso de enseñanza-aprendizaje.
l. Identificar y describir las características del proceso de adquisición de valores y actitudes, siendo consciente y argumentando los efectos que provocan en los deportistas, para transmitir valores propios de la actividad deportiva a través del comportamiento ético personal.
m. Reconocer y promover los valores de compromiso, trabajo bien hecho y aprendizaje constante, describiendo las actitudes que reflejan estos valores, para mantener el espíritu de responsabilidad individual, esfuerzo personal e innovación en el desempeño de su labor como técnico.
n. Identificar y describir los principios que fundamentan el trabajo en equipo, siendo consciente de la importancia del liderazgo y la comunicación, para mantener la iniciativa y autonomía dentro del grupo de trabajo.
Se numera como Anexo II.a por el art. 8.7.a) del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. BOE-A-2026-14332
Anteriormente estaba integrado en el Anexo II.


