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Legislación › Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.

Artículo 3. Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas.

Artículo 3. Organización de las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas.

Las enseñanzas conducentes al título de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas se organizan en dos ciclos:

a) Ciclo inicial de grado medio en piragüismo, teniendo una duración de 450 horas.

b) Ciclo final de grado medio en piragüismo de aguas bravas, teniendo una duración de 730 horas.

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