Legislación › Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
Artículo 8. Competencia general del ciclo inicial de grado medio en piragüismo.
Artículo 8. Competencia general del ciclo inicial de grado medio en piragüismo.
La competencia general del ciclo inicial de grado medio en piragüismo consiste en dinamizar, instruir y concretar la iniciación deportiva en piragüismo en las especialidades de aguas tranquilas, aguas bravas y kayak polo; organizar, acompañar y tutelar a los deportistas durante su participación en actividades, competiciones y eventos propios de este nivel; conducir grupos por espacios navegables propios de este nivel; y todo ello conforme a las directrices establecidas en la programación de referencia, en condiciones de seguridad y con el nivel óptimo de calidad que permita la satisfacción de los deportistas en la actividad.


