Legislación › Real Decreto 981/2015, de 30 de octubre, por el que se establecen los títulos de Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Bravas, Técnico Deportivo en Piragüismo de Aguas Tranquilas, y Técnico Deportivo en Piragüismo Recreativo Guía en Aguas Bravas, y se fijan su currículo básico y los requisitos de acceso.
ANEXO IV.l
ANEXO IV.l
Módulo específico de enseñanza deportiva: Manejo de embarcaciones de recreo.
Código: MED-PIAT211
Resultados de aprendizaje y criterios de evaluación
1. Demuestra el dominio de la embarcación de recreo, aplicando el procedimiento de revisión previa y las técnicas básicas de navegación y gobierno de la embarcación.
a) Se ha demostrado el uso del chaleco salvavidas, extintores, señales pirotécnicas y espejo de señales.
b) Se han realizado los nudos básicos utilizados en el amarre y la navegación.
c) Se han descrito las comprobaciones relacionadas con la seguridad y la conservación del motor antes de proceder a su puesta en marcha.
d) Se han descrito las comprobaciones oportunas tras poner el motor en marcha relacionadas con la seguridad y la conservación del mismo.
e) Se han descrito las reglas de rumbo y gobierno, velocidad de seguridad, vigilancia e identificación de marcas y balizas en la navegación.
f) Se han realizado las maniobras en dársena con embarcación de motor, respetando la normativa de seguridad.
g) Se ha descrito el efecto de la hélice marcha atrás según ésta sea levógira o dextrógira.
h) Se han realizado con seguridad ciabogas a motor, controlando la arrancada y el uso del timón.
i) Se han realizado con eficacia y seguridad las maniobras de aproximación y atraque a un muelle.
j) Se han realizado con eficacia y seguridad la maniobra de fondeo del ancla.
k) Se ha realizado con eficacia la maniobra de hombre al agua desde una embarcación a motor.
l) Se ha identificado la necesidad de mantener una actitud vigilante respecto al resto de embarcaciones, entorno y tripulación durante la realización de maniobras.
2. Realiza el mantenimiento básico de las embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y potencia máxima inferior a 40 KW, identificando las partes de las que están compuestas, los mecanismos de propulsión, y utilizando términos propios de la nomenclatura náutica tanto en embarcaciones a motor como a vela.
a) Se han descrito las dimensiones y partes más importantes de una embarcación de recreo utilizando la nomenclatura náutica adecuada.
b) Se han descrito la estructura, accesorios, elementos auxiliares, de amarre y fondeo básicos de una embarcación de recreo utilizando la nomenclatura náutica adecuada.
c) Se han descrito las características, en cuanto a su instalación, de los motores fueraborda y dentrofueraborda, interior y propulsión a turbina.
d) Se han descrito las características de los instrumentos de control y mandos de maniobra del motor.
e) Se han descrito las características especiales de una embarcación a vela respecto al aparejo, la jarcia y las velas, utilizando la nomenclatura náutica adecuada.
f) Se ha relacionado el concepto de milla náutica y nudo como unidades de distancia y velocidad en navegación.
g) Se ha identificado la necesidad de mantener una actitud vigilante respecto al estado de las diferentes partes de la embarcación y los medios de propulsión para garantizar la seguridad en la navegación.
3. Vela por la seguridad de la navegación en embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y potencia máxima inferior a 40 KW, identificando la normativa específica a las que están sometidas, así como los protocolos a aplicar y las acciones a realizar en caso de emergencia, tanto en embarcaciones a motor como a vela.
a) Se han descrito los peligros y precauciones a tener en cuenta durante la navegación con embarcaciones de recreo.
b) Se han descrito las limitaciones o zonas prohibidas propias de la navegación con embarcaciones de recreo, así como las normas de navegación en puertos.
c) Se analizado el proceso de planificación de la navegación en una embarcación de recreo.
d) Se ha analizado la previsión meteorológica como factor determinante, dentro del proceso de planificación, de la navegación en una embarcación de recreo.
e) Se han descrito las precauciones a seguir para no perder la flotabilidad en embarcaciones de recreo.
f) Se han descrito los protocolos a seguir en caso de emergencia tanto en la navegación como en el repostaje de embarcaciones de recreo.
g) Se han descrito los protocolos a seguir en caso de vuelco, hombre al agua, desarbole y rotura de timón.
h) Se han identificado las diferentes señales de balizamiento diurnas y de peligros aislados en la mar.
i) Se han descrito las atribuciones propias de la autorización federativa para la navegación en embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y potencia máxima inferior a 40 KW.
j) Se ha relacionado las principales reglas del Convenio Internacional para Prevenir los Abordajes con una navegación segura en embarcaciones de recreo.
k) Se han descrito los fundamentos básicos de la navegación a vela.
l) Se ha identificado la necesidad de respetar las normas y limitaciones de la navegación con embarcaciones de recreo para garantizar la seguridad.
Contenidos básicos
1. Demuestra el dominio de la embarcación de recreo, aplicando el procedimiento de revisión previa y las técnicas básicas de navegación y gobierno de la embarcación.
– Forma de utilizar el chaleco salvavidas, extintores, señales pirotécnicas y espejo de señales.
– Manejo de cabos. Adujar, hacer firme, tomar vueltas. Cote, medio nudo, as de guía y ballestrinque. Amarrar por seno.
– Preparativos antes de iniciar la maniobra:
– Comprobaciones sobre: Ausencia de gases explosivos, nivel de aceite del motor y transmisor, nivel de combustible, filtro de combustible con decantador de agua en los motores diésel, grifo de fondo de refrigeración.
– Poner en punto muerto y arrancar el motor.
– Comprobaciones después de arrancar:
– Alarmas e instrumentos de control.
– Refrigeración.
– Aplicación de las reglas de rumbo y gobierno, velocidad de seguridad, vigilancia e identificación de marcas y balizas.
– Maniobras en dársena:
– Precauciones cuando hay cabos en el agua.
– Maniobrar avante y atrás.
– Detener la arrancada.
– Efecto de la hélice en la marcha atrás. Evoluciones y ciaboga. Efecto del timón en las evoluciones (librar la popa). Aproximación al atraque de costado o en punta, o al fondeadero. Amarrarse a una boya. Maniobras de atraque y desatraque. Maniobra de fondeo del ancla. Uso del bichero. Efectos del viento sobre estas maniobras.
– Maniobra de hombre al agua.
2. Realiza el mantenimiento básico de las embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y potencia máxima inferior a 40 KW, identificando las partes de las que están compuestas, los mecanismos de propulsión, y utilizando términos propios de la nomenclatura náutica tanto en embarcaciones a motor como a vela.
– Dimensiones. Concepto de eslora, manga y calado.
– Partes de la embarcación: proa, popa, líneas de flotación, costados, babor, estribor, obra viva, obra muerta, cubierta, sentina.
– Estructura, accesorios y elementos auxiliares: quilla, pasamanos, timón, hélice, imbornales, cornamusas y bitas.
– Elementos de amarre y fondeo: cabo, chicote, seno, gaza, firme y vuelta. Noray, muertos, boyas, defensas, bichero, anclas, rezón, fondear, levar y garrear.
– Características de los motores fueraborda y dentrofueraborda, interior y propulsión a turbina, en cuanto a su instalación.
– Instrumentos de control y mandos de maniobra del motor.
Tecnología velica.
Aparejo: concepto, arboladura, palos, tangón, botavara.
Jarcia: concepto, obenques, stays, drizas, escotas, amantillos, contras.
Velas: concepto, puños, sable, vela mayor, foque, génova, spinnaker.
Concepto de milla náutica y nudo.
3. Vela por la seguridad de la navegación en embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y potencia máxima inferior a 40 kW, identificando la normativa específica a las que están sometidas, así como los protocolos a aplicar y las acciones a realizar en caso de emergencia, tanto en embarcaciones a motor como a vela.
– Concepto de los peligros para la navegación: Bajos, piedras que velan.
– Navegación en aguas poco profundas: Rompientes. Precauciones con bañistas y buceadores. Precauciones al entrar en aguas no balizadas.
– Zonas prohibidas o con limitaciones a la navegación. Limitaciones de navegación en los puertos.
– Planificación de una salida. Autonomía en función del consumo.
– Previsión meteorológica.
– Precauciones para no perder la flotabilidad: Grifos y tapones de fondo. Bocina. Desagüe e imbornales. Medios de achique para embarcaciones que naveguen a una distancia máxima de 5 millas de la costa.
– Emergencias: Hombre al agua, maniobra para librar al náufrago de las hélices, maniobra de recogida de hombre al agua. Maniobras de ciar y tomar remolque. Riesgos al hacer combustible. Derrames. Gases explosivos en espacios cerrados. Gobernar a la mar con mal tiempo.
– Seguridad: Vuelco. Hombre al agua. Desarbole. Rotura de timón.
– Balizamiento:
Marcas laterales de día, región «A». Significado e identificación.
Marca de peligro aislado: Significado, forma, tope y color.
– Legislación:
Atribuciones de las Autorizaciones Federativas.
Convenio Internacional para Prevenir los Abordajes:
– Regla 3: Definiciones.
– Regla 5: Vigilancia.
– Regla 6: Velocidad de seguridad.
– Regla 7: Riesgo de abordaje.
– Regla 8: Maniobras para evitar el abordaje.
– Regla 9: Canales angostos.
– Regla 12: Derecho de paso entre embarcaciones a vela.
– Regla 13: Situación de alcance.
– Regla 14: Situación de vuelta encontrada.
– Regla 15: Situación de cruce.
– Regla 16: Maniobra del buque que cede el paso.
– Regla 17: Maniobra de quién sigue a rumbo.
– Regla 18: Obligaciones entre categorías de buques.
– Regla 19: Conducta de las embarcaciones con visibilidad reducida.
– Propulsión a vela: Amurado a estribor y a babor. Navegar de través, a un largo, en popa o empopada. Ganar barlovento. Bordada. Flamear. Caer. Rizos. Enrolladores.
– Tomar rizos. Virar. Virada por avante y virada por redondo. Trasluchar.
Se numera este módulo como Anexo IV.l por el art. 9.11.n) del Real Decreto 534/2026, de 30 de junio. BOE-A-2026-14332
Anteriormente estaba integrado en el Anexo IV.


