Legislación › Orden AAA/2534/2015, de 17 de noviembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional del Cantábrico y Noroeste.
Artículo 4. Transferencias temporales de posibilidades de pesca.
Artículo 4. Transferencias temporales de posibilidades de pesca.
Las transmisiones temporales de posibilidades de pesca asignadas se realizarán conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Orden por la que se establecen criterios de gestión de las posibilidades de pesca asignadas al Reino de España y se modifican determinadas órdenes que regulan la actividad pesquera de las flotas que hacen uso de las mismas.
Se modifica por la disposición final primera.Tres de la Orden APA/315/2020, de 1 de abril. Ref. BOE-A-2020-4255 #df
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 3 de abril de 2020 En vigor | BOE-A-2020-4255 | Leer | Qué cambió |
| 1 de diciembre de 2015 | Texto original | Leer |


