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Legislación › Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional Canario.

Artículo 15. Zonas autorizadas para la pesca con artes de enmalle.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de diciembre de 2015 y la del 17 de abril de 2019. Tachado: lo que se quitó (45 palabras). Subrayado: lo que se añadió (49 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 15. Zonas autorizadas para la pesca con artes de enmalle.
La práctica de la pesca con los artes de enmalle será excepcional, no pudiendo calarse este arte a más de 200 metros de profundidad, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 30.5 del Reglamento (CE) n.º 850/1998, del Consejo, de 30 de marzo de 1998, para la conservación de los recursos pesqueros a través de medidas técnicas de protección de los juveniles de organismos marinos.
Solo podrá realizarse en las aguas exteriores de las zonas y épocas que seguidamente se indican con el arte en concreto que se señala.
1. Isla de Gran Canaria. Solo Sólo podrá calarse cazonal: cazonal a una profundidad mínima de 18 metros en las siguientes zonas:
a) Zona de Arguineguín: Desde Punta de Maspalomas (27º 43 (27º43 ̓ 49 ˮ ” N; 15º 34 ̓ 09 ˮ ” W) hasta la playa de la Verga (27º 46 ̓ 42 ˮ ” N; 15º 42 ̓ 48 ˮ ” W), a una distancia no inferior a 2 millas desde la costa con una profundidad el 1 de 18 metros. enero al 30 de abril.
b) Desde Roque de Gando (28º 03 ̓ 11 ˮ 11” N) hasta Punta Jinámar (28º 01 ̓ 34 ˮ ” N) con una profundidad desde el 1 de 18 metros. septiembre hasta el 31 de diciembre.
c) Zona de Agaete: Desde la baja del Negro (28º 05 ̓ 18 ˮ ” N; 15º 42 ̓ 33 ˮ ” W) hasta el Molino (28º 06 ̓ 59 ˮ ” N; 15º 42 ̓ 48 ˮ ” W), durante los meses desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre.
2. Isla de Tenerife:
a) Trasmallo: Durante los meses de febrero a octubre en la zona de Candelaria entre los siguientes puntos: desde 28º 23,960 N; 16º 20,844 W (Punta del Morro) hasta 28º 07,999 N; 16º 26,948 W (ensenada de los Abades).
b) Cazonal: En los meses de octubre, noviembre y diciembre en San Andrés.
3. Isla de la Palma: Trasmallo trasmallo desde el 14 de abril marzo hasta el 14 de octubre en toda la isla salvo en la zona de Fuencaliente –desde Punta del Hombre a Punta del Viento–, Viento– donde queda prohibido durante todo el año. Cazonal: todo el año.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de abril de 2023 En vigor BOE-A-2023-10287 Leer Qué cambió
17 de abril de 2019 BOE-A-2019-5732 Leer Qué cambió
1 de diciembre de 2015 Texto original Leer

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