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Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional Canario.
En vigor Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente · Publicada el 1 de diciembre de 2015 · Último cambio el 28 de abril de 2023 · Ver en el BOE
Índice
- co 2 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Preámbulo
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 3 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Artículo 2. Definiciones. 2 redacciones · cambió el 28/04/2023
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 3. Artes de pesca autorizados en el caladero nacional de Canarias. 3 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Artículo 4. Prohibiciones en el ejercicio de la pesca en el caladero nacional de Canarias. 2 redacciones · cambió el 16/04/2019
- Artículo 4 bis. Balizamiento de artes menores y artes de trampa. 2 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Sección 2
- Artículo 5. Clasificación de los artes menores. 2 redacciones · cambió el 16/04/2019
- Artículo 6. Esfuerzo pesquero ejercido. 2 redacciones · cambió el 28/06/2022
- Artículo 7. Potencia y eslora máxima de las embarcaciones de artes menores. 3 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Sección 3
- Artículo 8. Características técnicas de los artes de cerco. 3 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Artículo 8 bis. Condiciones y zonas autorizadas para la pesca con salemera.
- Artículo 9. Especies autorizadas para pescar con los artes de cerco. 2 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Artículo 10. Utilización de la carnada como cebo vivo y/o muerto, y como engodo. 2 redacciones · cambió el 16/04/2019
- Sección 4
- Artículo 11. Características técnicas de los artes de trampa. 2 redacciones · cambió el 16/04/2019
- Artículo 12. Control de las nasas.
- Artículo 13. Restricciones para la pesca con nasas para peces.
- Sección 5
- Artículo 14. Condiciones de uso y características técnicas de los artes de enmalle. 3 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Artículo 15. Zonas autorizadas para la pesca con artes de enmalle. 3 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Sección 6
- Artículo 16. Características técnicas del palangre de fondo. 3 redacciones · cambió el 28/04/2023
- Artículo 16 bis. Características técnicas y condiciones de uso del palangre de media agua.
- CAPÍTULO III
- Artículo 17. Cambios temporales de modalidad. 2 redacciones · cambió el 28/06/2022
- Artículo 18. Topes de capturas.
- Artículo 19. Infracciones y sanciones.
- Artículo 20. Seguimiento y evaluación del plan.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Modificación de la Orden ARM/1683/2011, de 2 de junio, por la que se regulan los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino.
- Disposición final segunda. Tallas mínimas.
- Disposición final tercera. Título competencial.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II
- ANEXO III
- ANEXO IV
- ANEXO V
- ANEXO VI


