Legislación › Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional Canario.
Artículo 18. Topes de capturas.
Artículo 18. Topes de capturas.
Para las especies y embarcaciones objeto de esta orden se podrán establecer, oído el sector, topes de capturas o desembarques diarios o semanales cuya cantidad se determinará mediante resolución del Secretario General de Pesca.
Dichos topes podrán afectar a todo el caladero o bien a alguna isla en particular.


