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Legislación › Orden AAA/2536/2015, de 30 de noviembre, por la que se regulan las artes y modalidades de pesca marítima y se establece un plan de gestión para los buques de los censos del Caladero Nacional Canario.

Artículo 15. Zonas autorizadas para la pesca con artes de enmalle.

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Artículo 15. Zonas autorizadas para la pesca con artes de enmalle.
La práctica de la pesca con los 1. Los artes de enmalle será excepcional, no pudiendo calarse este arte se emplearán conforme a más de 200 metros de profundidad, de acuerdo con lo dispuesto las condiciones fijadas en el artículo 30.5 del Reglamento (CE) n.º 850/1998, anexo VI.
2. El uso
del Consejo, de 30 de marzo de 1998, para trasmallo queda restringido a la conservación isla de los recursos pesqueros a través Tenerife en la zona de medidas técnicas Candelaria delimitada entre la Punta de protección Güimar (28° 18’ 17’’ N; 016° 21’ 41’’ O) y la Punta de los juveniles de organismos marinos. Abades (28° 08’ 06’’ N; 016° 26’ 30’’ O).
Solo 3. El cazonal podrá realizarse ser utilizado en las aguas exteriores de las zonas y épocas que seguidamente se indican con el arte en concreto que se señala. siguientes zonas:
1. 3.1 Isla de Gran Canaria. Sólo podrá calarse cazonal a una profundidad mínima de 18 metros en las siguientes zonas:
a) Zona Este: desde el paralelo de Arguineguín: Desde Roque de Gando (27° 56’ 22’’ N) al paralelo de Punta Jinámar (28° 01’ 38’’ N).
b) Zona
de Maspalomas (27º43 ̓ 49 ” N; 15º 34 ̓ 09 ” W) hasta Castillo del Romeral: desde la playa línea de la Verga (27º 46 ̓ 42 ” demora de 159° trazada desde Barco Quebrado (27° 48’ N; 15º 42 ̓ 48 ” W), 015° 26’ 28’’ O), al meridiano de Punta de Maspalomas (015° 34’ 06’’ O).
c) Zona de Arguineguín:
desde el 1 meridiano de enero al 30 Punta de abril.
b) Desde Roque
Maspalomas (015° 34’ 06’’ O) a la línea de Gando (28º 03 ̓ 11” N) hasta demora de 225° trazada desde la Punta Jinámar (28º 01 ̓ 34 ” N) de la Perra (27° 46’ 49’’ N; 015° 42’ 37’’ O).
d) Zona de Mogán:
desde el 1 la línea de septiembre hasta el 31 demora de diciembre. 225° trazada desde la Punta de la Perra (27° 46’ 49’’ N; 015° 42’ 37’’ O), a la línea de demora de 225° trazada desde la Punta del Perchel (27° 49’ 48’’ N; 015° 46’ 54’’ O).
c) e) Zona de Agaete: Desde desde la baja línea de demora de 290° trazada desde la Bajada del Negro (28º 05 ̓ 18 ” (28° 05’ 18’’ N; 15º 015° 42 ̓ 33 ” W) hasta ̓33’’ O), a la línea de demora de 300° trazada desde el Molino (28º 06 ̓ 59 ” Roque del Puerto (28° 06’ 59’’ N; 15º 42 ̓ 48 ” W), 015° 42’ 27’’ O).
3.2 Isla de Lanzarote:
a) Sector 1:
desde el 1 la línea de mayo hasta el 30 demora de septiembre. 110° trazada desde Cabo Ancones (29° 01’ 10’’ N; 013° 27’ 54’’ O), a la línea de demora de 140° trazada desde la Punta Montañosa (28° 56’ 04’’ N; 013° 36’ 32’’ O).
2. b) Zona de La Santa: desde la línea de demora de 300° trazada desde Volcán Nuevo (29° 04’ N; 013° 46’ 11’’ O), a la línea de demora de 300° trazada desde Las Puntas del Cochino (29° 01’ 39’’ N; 013° 49’ 04’’ O).
3.3
Isla de Tenerife:
a) Trasmallo: Durante los meses Zona de febrero a octubre en Candelaria: desde el paralelo de la zona Punta de Candelaria entre los siguientes puntos: Güimar (28° 18’ 24’’ N) al paralelo del Barranco de Herques (28° 14’ 05’’ N).
b) Zona de Punta del Hidalgo:
desde 28º 23,960 la línea de demora de 330.ª trazada desde el Club Náutico Bajamar (28° 33’ 11’’ N; 16º 20,844 W (Punta del Morro) 016° 21’ 16’’ O) hasta 28º 07,999 N; 16º 26,948 W (ensenada la línea de los Abades). demora de 315° trazada desde Punta de la Romba (28° 31’ 38’’ N; 016° 24’ 40’’ O).
b) Cazonal: En los meses c) Zona de octubre, noviembre y diciembre en San Andrés. El Pris: desde la línea de demora de 315° trazada desde Punta de la Romba (28° 31’ 38’’ N; 016° 24’ 40’’ O) hasta la línea de demora de 300° trazada desde la Punta del Viento (28° 31’ 03’’ N; 016° 25’ 18’ O).
3. 3.4 Isla de la La Palma: trasmallo
a) Zona Norte:
desde el 14 la línea de marzo demora de 050° trazada desde Punta Cumplida (28° 50’ 26’’ N; 017° 46’ 39’’ O) hasta la línea de demora de 305° trazada desde el 14 Porís de octubre en toda Lomada Grande (28° 48’ 45’’ N; 017° 58’ 46’’ O).
b) Zona Oeste: desde
la isla línea de demora de 250° trazada desde el Roque de las Gabaseras (28° 38’ 03’’ N; 017° 56’ 26’’ O) hasta la línea de demora de 250° trazada desde la Punta de La Lava (28° 35’ 50’’ N; 017° 55’ 34’’ O).
c) Zona insular: resto de la isla,
salvo las zonas de aguas señaladas en los apartados inmediatamente anteriores.
En
la zona de Fuencaliente –desde Punta del Hombre que corresponde a Punta del Viento– donde la reserva marina de interés pesquero de la Palma queda expresamente prohibido durante todo el año. uso del cazonal.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
29 de abril de 2023 En vigor BOE-A-2023-10287 Leer Qué cambió
17 de abril de 2019 BOE-A-2019-5732 Leer Qué cambió
1 de diciembre de 2015 Texto original Leer

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