LexTotal

Legislación › Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.

Disposición adicional decimoséptima. Cobertura de responsabilidad civil de las agencias de suscripción.

Disposición adicional decimoséptima. Cobertura de responsabilidad civil de las agencias de suscripción.

Las agencias de suscripción dispondrán de un seguro de responsabilidad civil profesional o cualquier otra garantía financiera que cubra en todo el territorio del Espacio Económico Europeo las responsabilidades que pudieran surgir por negligencia profesional con la cuantía de al menos un millón y medio de euros por siniestro y, en suma, dos millones de euros para todos los siniestros correspondientes a un determinado año.

← Disposición adicional decimosexta Índice Disposición adicional decimoctava →