Legislación › Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras.
Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
Disposición final duodécima. Entrada en vigor.
Este real decreto entrará en vigor el 1 de enero de 2016.
No obstante lo anterior, el apartado dos de la disposición final cuarta entrará en vigor el 1 de julio de 2016; y la disposición adicional decimoséptima, el día siguiente de su publicación.


