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Legislación › Ley 11/2014, de 4 de diciembre, de Prevención y Protección Ambiental de Aragón.

Disposición adicional segunda. Tramitación electrónica y presentación de documentación en soporte papel y digital.

Disposición adicional segunda. Tramitación electrónica y presentación de documentación en soporte papel y digital.

1. Los trámites regulados en esta ley se realizarán por vía electrónica en las sedes electrónicas que a tal efecto habilite la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón o las entidades locales, en los términos establecidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

2. La documentación relativa a los procedimientos regulados en la presente ley deberá ser presentada por el promotor tanto en soporte papel como en soporte digital. Las características técnicas y especificaciones del soporte digital se determinarán por el órgano ambiental competente.

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