Legislación › Ley 1/2015, de 6 de febrero, de Hacienda Pública, del Sector Público Instrumental y de Subvenciones.
Disposición transitoria sexta. Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de la Generalitat.
Disposición transitoria sexta. Derechos y obligaciones de la Hacienda Pública de la Generalitat.
Los derechos y obligaciones de contenido económico de la Hacienda Pública de la Generalitat nacidos con anterioridad a la entrada en vigor de la presente ley, continuarán rigiéndose por la normativa en vigor en el momento de su nacimiento.
← Disposición transitoria quinta Índice Disposición transitoria séptima →


