Legislación › Ley Foral 3/2015, de 2 de febrero, reguladora de la libertad de acceso al entorno, de deambulación y permanencia en espacios abiertos y otros delimitados, de personas con discapacidad acompañadas de perros de asistencia.
Disposición final primera. Desarrollo, aplicación y cumplimiento de esta ley foral.
Disposición final primera. Desarrollo, aplicación y cumplimiento de esta ley foral.
Se faculta al Gobierno de Navarra y al departamento competente en materia de servicios sociales para que, en el ámbito de sus respectivas competencias, dicten las disposiciones necesarias para el desarrollo, aplicación y cumplimiento de la presente ley foral.
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