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Legislación › Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad.

Artículo 10. Normas generales.

Artículo 10. Normas generales.

Todos los elementos de mobiliario urbano de uso público se diseñarán y localizarán para que puedan ser utilizados de forma autónoma y segura por todas las personas, disponiéndose de manera que no se invada el ámbito de paso, ni en el plano del suelo ni en altura, de los itinerarios peatonales.

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