Legislación › Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad.
Artículo 10. Normas generales.
Artículo 10. Normas generales.
Todos los elementos de mobiliario urbano de uso público se diseñarán y localizarán para que puedan ser utilizados de forma autónoma y segura por todas las personas, disponiéndose de manera que no se invada el ámbito de paso, ni en el plano del suelo ni en altura, de los itinerarios peatonales.


