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Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad.
En vigor Comunidad Autónoma de Galicia · Publicada el 11 de marzo de 2015 · Último cambio el 29 de enero de 2021 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- TÍTULO PRELIMINAR
- CAPÍTULO I
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Principios.
- Artículo 3. Definiciones.
- CAPÍTULO II
- Artículo 4. Ámbito de aplicación.
- TÍTULO I
- CAPÍTULO I
- Sección 1
- Artículo 5. Accesibilidad en espacios públicos urbanizados. 2 redacciones · cambió el 29/01/2021
- Artículo 6. Itinerarios.
- Artículo 7. Parques, jardines y espacios libres públicos.
- Artículo 8. Aparcamientos.
- Sección 2
- Artículo 9. Elementos de urbanización.
- Sección 3
- Artículo 10. Normas generales.
- Artículo 11. Señales y elementos verticales.
- Artículo 12. Elementos vinculados a actividades comerciales.
- Artículo 13. Otros elementos de mobiliario urbano.
- Artículo 14. Señalización e información accesibles.
- Sección 4
- Artículo 15. Obras e intervenciones en la vía pública.
- CAPÍTULO II
- Sección 1
- Artículo 16. Accesibilidad en edificios de uso público.
- Artículo 17. Reserva de plazas de aparcamiento.
- Artículo 18. Accesos al interior de los edificios.
- Artículo 19. Comunicación horizontal.
- Artículo 20. Movilidad vertical.
- Artículo 21. Aseos.
- Artículo 22. Reserva de espacios.
- Artículo 23. Utilización accesible del mobiliario.
- Sección 2
- Artículo 24. Accesibilidad en edificios de titularidad privada de uso residencial de vivienda.
- Sección 3
- Artículo 25. Información y señalización.
- Artículo 26. Seguridad en caso de incendio.
- Sección 4
- Artículo 27. Reserva de viviendas accesibles.
- Artículo 28. Garantías para la realización de obras de adaptación.
- Sección 5
- Artículo 29. Edificios de valor histórico-artístico.
- CAPÍTULO III
- Sección 1
- Artículo 30. Normas generales.
- Artículo 31. Adaptación de las infraestructuras y del material móvil existente.
- Sección 2
- Artículo 32. Tarjetas de accesibilidad.
- Artículo 33. Expedición de las tarjetas de accesibilidad.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 34. Accesibilidad de los sistemas de comunicación y señalización.
- Artículo 35. Sociedad de la información y de las telecomunicaciones.
- CAPÍTULO V
- Artículo 36. Símbolo internacional de accesibilidad.
- CAPÍTULO VI
- Artículo 37. Acceso a los bienes y servicios de las administraciones públicas de Galicia.
- TÍTULO II
- CAPÍTULO ÚNICO
- Artículo 38. Instrumentos de control.
- Artículo 39. Licencias y autorizaciones.
- Artículo 40. Contratos administrativos.
- Artículo 41. Visado de proyectos técnicos.
- Artículo 42. Accesibilidad en el transporte y en la comunicación.
- Artículo 43. Controles de ejecución.
- TÍTULO III
- CAPÍTULO I
- Artículo 44. Competencia sancionadora.
- Artículo 45. Objeto de las infracciones.
- Artículo 46. Actuaciones u omisiones infractoras.
- CAPÍTULO II
- Artículo 47. Clasificación de las infracciones.
- Artículo 48. Infracciones leves.
- Artículo 49. Infracciones graves.
- Artículo 50. Infracciones muy graves.
- Artículo 51. Sanciones.
- Artículo 52. Sanciones accesorias.
- Artículo 53. Prescripción de las infracciones.
- Artículo 54. Prescripción de las sanciones.
- Artículo 55. Actualización de la cuantía de las sanciones.
- Artículo 56. Graduación de las sanciones.
- Artículo 57. Multas coercitivas.
- CAPÍTULO III
- Artículo 58. Sujetos responsables.
- CAPÍTULO IV
- Artículo 59. Iniciación del procedimiento sancionador.
- Artículo 60. Procedimiento sancionador.
- Artículo 61. Actuaciones previas.
- Artículo 62. Archivo de actuaciones previas.
- Artículo 63. Colaboración en la tramitación de los procedimientos.
- Artículo 64. Medidas de carácter provisional.
- Artículo 65. Caducidad.
- Artículo 66. Órganos competentes para la imposición de las sanciones.
- Artículo 67. Publicidad de las resoluciones sancionadoras.
- Artículo 68. Garantía de accesibilidad de los procedimientos.
- TÍTULO IV
- CAPÍTULO I
- Artículo 69. El Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras.
- CAPÍTULO II
- Artículo 70. La Comisión Técnica de Accesibilidad.
- Disposición adicional primera. Adaptación y supresión de barreras existentes.
- Disposición adicional segunda. Planes de evacuación y seguridad.
- Disposición adicional tercera. Acciones formativas y sensibilización social.
- Disposición adicional cuarta. Excepciones.
- Disposición adicional quinta. Instalación de ascensores y viviendas de uso exclusivo para personas con discapacidad.
- Disposición adicional sexta. Accesibilidad y diseño para personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.
- Disposición adicional séptima. Viviendas de promoción pública.
- Disposición adicional octava. Información al Parlamento.
- Disposición transitoria primera. Planes urbanísticos e instrumentos de planeamiento.
- Disposición transitoria segunda. Proyectos de edificación y urbanización en tramitación.
- Disposición transitoria tercera. Tarjetas de accesibilidad.
- Disposición transitoria cuarta. Normativa vigente.
- Disposición transitoria quinta. Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras.
- Disposición transitoria sexta. Comisión Técnica de Accesibilidad.
- Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
- Disposición final primera. Desarrollo reglamentario.
- Disposición final segunda. Plan gallego de accesibilidad.
- Disposición final tercera. Habilitación para el desarrollo reglamentario.
- Disposición final cuarta. Entrada en vigor.
- Firma


