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Legislación › Ley 10/2014, de 3 de diciembre, de accesibilidad.

Disposición final segunda. Plan gallego de accesibilidad.

Disposición final segunda. Plan gallego de accesibilidad.

La Xunta de Galicia, en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ley, aprobará un Plan gallego de accesibilidad. En su diseño, aplicación y seguimiento participará el Consejo Gallego para la Promoción de la Accesibilidad y la Supresión de Barreras, y previamente a su aprobación se dará cuenta al Parlamento de Galicia. Igualmente, de forma anual remitirá al Parlamento un informe del seguimiento y grado de cumplimiento.

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