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Legislación › Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de protección de la seguridad ciudadana.

Disposición adicional primera. Régimen de control de precursores de drogas y explosivos.

Disposición adicional primera. Régimen de control de precursores de drogas y explosivos.

El sistema de otorgamiento de licencias de actividad, así como el régimen sancionador aplicable en caso de infracción de las disposiciones comunitarias e internacionales para la vigilancia del comercio de precursores de drogas y explosivos se regirá por lo dispuesto en sus legislaciones específicas.

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