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Legislación › Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Artículo 116. Aptitud física para la participación en los Juegos Deportivos.

Artículo 116. Aptitud física para la participación en los Juegos Deportivos.

La consejería competente en materia deportiva, a través del Plan Riojano de Asistencia Médica en el Deporte, determinará los requisitos médicos necesarios para cada tramo de edad.

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