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Legislación › Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Artículo 170. Normativa aplicable.

Artículo 170. Normativa aplicable.

En el ejercicio de la potestad jurisdiccional deportiva en los ámbitos disciplinario, organizativo-competicional y electoral, los órganos titulares de la misma aplicarán los estatutos y reglamentos correspondientes, debidamente aprobados, de las respectivas entidades implicadas, y los organizadores del ámbito no federado, las reglas o bases de la actividad deportiva organizada, y en todo caso el resto de normas del ordenamiento jurídico deportivo que resulten aplicables.

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