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Legislación › Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Artículo 172. Políticas de prevención, control y sanción.

Artículo 172. Políticas de prevención, control y sanción.

1. La consejería competente en materia de deporte, en colaboración con las federaciones deportivas de La Rioja y sin perjuicio de las competencias estatales e internacionales, promoverá e impulsará la realización de una política de prevención, control y sanción de la utilización de productos, sustancias y métodos no reglamentarios o prohibidos en el deporte, y promoverá políticas de lucha contra el uso de dichos productos, sustancias y métodos en el ámbito del deporte.

2. La consejería competente en materia de deporte desarrollará reglamentariamente el marco de prevención, control y sanción del dopaje en el ámbito deportivo de su competencia.

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