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Legislación › Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Artículo 55. Concepto y objeto.

Artículo 55. Concepto y objeto.

Se entiende por deporte organizado no federado el planificado, diseñado y desarrollado al margen de las federaciones deportivas riojanas, por personas físicas o jurídicas que cumplan los requisitos establecidos por esta ley para los organizadores, practicado por deportistas sin licencia ni habilitación deportiva.

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