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Legislación › Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Artículo 6. Competencia de los órganos de la Comunidad Autónoma.

Artículo 6. Competencia de los órganos de la Comunidad Autónoma.

En materia de ejercicio físico y deporte corresponde a los órganos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en el ámbito territorial de esta, el ejercicio de las competencias que en esta materia son atribuidas en exclusividad a la Comunidad por el Estatuto de Autonomía de La Rioja, todo ello sin perjuicio de los supuestos de delegación previstos en la presente ley.

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