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Legislación › Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja.

Artículo 94. Extinción.

Artículo 94. Extinción.

Las federaciones deportivas de la Comunidad Autónoma de La Rioja se extinguen por las siguientes causas:

1. Por resolución judicial.

2. Por las previstas en sus estatutos.

3. Por revocación de su reconocimiento y la consiguiente cancelación de la inscripción, mediante resolución de la consejería competente en materia deportiva, cuando no se cumplan los requisitos que motivaron dichos actos administrativos o se incumplan los objetivos para los que fueron creadas.

4. Por la no ratificación de su inscripción provisional.

5. Por su integración en otra federación autonómica.

6. Por inactividad manifiesta y continuada durante un periodo de dos años.

7. Por las demás causas previstas en el ordenamiento jurídico.

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