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Legislación › Ley 2/2015, de 23 de marzo, del Estatuto de capitalidad de la ciudad de Logroño.

Artículo 23. Promoción de infraestructuras.

Artículo 23. Promoción de infraestructuras.

El Ayuntamiento de Logroño, de acuerdo con la legislación básica de régimen local y de acuerdo con el Consejo de la Capitalidad, puede instar, promover y colaborar en cualquier proyecto de la Comunidad Autónoma de creación de infraestructuras de interés para el municipio, tales como carreteras, puentes, pasos subterráneos, tranvías, aparcamientos, obras hidráulicas, edificios e instalaciones para servicios públicos, de comunicaciones y todas las que sean de interés de la Comunidad.

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