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Legislación › Ley 3/2015, de 23 de marzo, de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de La Rioja.

Disposición transitoria primera. Desarrollo de la ley.

Disposición transitoria primera. Desarrollo de la ley.

En el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la presente ley, se procederá a dictar las disposiciones reglamentarias que procedan en el desarrollo de esta ley.

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