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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.

Artículo 127. Iniciativa para la promoción de las concentraciones parcelarias.

Artículo 127. Iniciativa para la promoción de las concentraciones parcelarias.

Ambos tipos de concentraciones parcelarias podrán ser promovidas indistintamente por la iniciativa pública o privada, siempre que concurra alguno de los requisitos necesarios, conforme a lo dispuesto en los artículos 140 y 141 de la presente ley.

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