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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.

Artículo 278. Protección de los montes contra agentes nocivos.

Artículo 278. Protección de los montes contra agentes nocivos.

1. Corresponden a la Consejería con competencias en materia de montes y aprovechamientos forestales las funciones de vigilancia, localización y prevención de agentes nocivos sobre masas forestales, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas, para lo que establecerá y mantendrá una red de prevención y vigilancia de plagas y enfermedades forestales.

2. La Consejería con competencias en materia de montes y aprovechamientos forestales colaborará en las campañas oficiales fitosanitarias sobre plagas forestales declaradas o que se puedan declarar por la Junta de Extremadura.

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