Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
Artículo 278. Protección de los montes contra agentes nocivos.
Artículo 278. Protección de los montes contra agentes nocivos.
1. Corresponden a la Consejería con competencias en materia de montes y aprovechamientos forestales las funciones de vigilancia, localización y prevención de agentes nocivos sobre masas forestales, sin perjuicio de las competencias de otras administraciones públicas, para lo que establecerá y mantendrá una red de prevención y vigilancia de plagas y enfermedades forestales.
2. La Consejería con competencias en materia de montes y aprovechamientos forestales colaborará en las campañas oficiales fitosanitarias sobre plagas forestales declaradas o que se puedan declarar por la Junta de Extremadura.


