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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.

Artículo 349. Régimen sancionador.

Artículo 349. Régimen sancionador.

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo siguiente, en materia de montes y aprovechamientos forestales se aplicará el régimen sancionador previsto en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de montes.

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