Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
Artículo 75. Desarrollo reglamentario sobre información relativa a la calidad de los productos agroalimentarios.
Artículo 75. Desarrollo reglamentario sobre información relativa a la calidad de los productos agroalimentarios.
La Comunidad Autónoma de Extremadura podrá por norma reglamentaria establecer medidas sobre información relativa a la calidad de los alimentos no armonizadas por normas de la Unión Europea, a condición de que no prohíban, impidan o limiten las reglas y principios del mercado único, así como las normas básicas sobre unidad de mercado.


