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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.

Disposición adicional segunda. Protección de otras menciones de calidad.

Disposición adicional segunda. Protección de otras menciones de calidad.

Se aplicará lo establecido en esta ley a menciones de calidad no incluidas en su ámbito en aquellos aspectos compatibles con su regulación y en la medida que ello resultara exigido por normas de la Unión Europea.

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