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Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.

Disposición transitoria segunda. Régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias.

Disposición transitoria segunda. Régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias.

Hasta tanto se lleven a efecto las previsiones reglamentarias referidas al régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias contenidas en la presente Ley, seguirá vigente el actual Registro de Explotaciones Agrarias y el régimen jurídico que le resulte de aplicación.

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