Legislación › Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de Extremadura.
Disposición transitoria segunda. Régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias.
Disposición transitoria segunda. Régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias.
Hasta tanto se lleven a efecto las previsiones reglamentarias referidas al régimen jurídico aplicable al Registro de Explotaciones Agrarias contenidas en la presente Ley, seguirá vigente el actual Registro de Explotaciones Agrarias y el régimen jurídico que le resulte de aplicación.
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