LexTotal

Legislación › Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León.

Artículo 23. Exención de licencia urbanística municipal.

Artículo 23. Exención de licencia urbanística municipal.

Quedan exentos de licencia urbanística municipal todos los actos de uso del suelo a los que se refiere el artículo 97 apartado 2.a) de la Ley 5/1999, de 8 de abril, de Urbanismo en Castilla y León, promovidos por la consejería competente en materia de conservación del patrimonio natural para la consecución de los objetivos de esta ley.

← Artículo 22 Índice Artículo 24 →