Legislación › Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León.
Artículo 51. Coherencia y coordinación de los instrumentos de planificación y gestión.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de octubre de 2025 y la del 5 de diciembre de 2025.
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Artículo 51. Coherencia y coordinación de los instrumentos de planificación y gestión.
1. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 28.2 de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, respecto de los espacios naturales protegidos, cuando exista coincidencia de varias figuras de protección sobre un mismo territorio, sus instrumentos de planificación y gestión deberán coordinarse y ser coherentes en sus disposiciones tendiendo, si es posible, a su unificación en un documento integrado y a la armonización de sus límites administrativos.
2. Los instrumentos de planificación y gestión de las áreas naturales protegidas integrarán adecuadamente los objetivos y medidas de los planes de manejo de especies o hábitats, así como aquellos derivados de la planificación en materia de incendios forestales. hábitats.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de diciembre de 2025 En vigor | BOE-A-2025-90282 | Leer | Qué cambió |
| 25 de octubre de 2025 | BOE-A-2025-90253 | Leer | Qué cambió |
| 19 de abril de 2015 | Texto original | Leer |


