Legislación › Ley 4/2015, de 24 de marzo, del Patrimonio Natural de Castilla y León.
Artículo 90. Lugares geológicos o paleontológicos de interés especial.
Artículo 90. Lugares geológicos o paleontológicos de interés especial.
1. Son lugares geológicos o paleontológicos de interés especial las áreas declaradas como tales por presentar una o varias características consideradas de importancia dentro de la historia geológica o paleontológica de la Comunidad de Castilla y León.
2. En la declaración de los lugares geológicos o paleontológicos de interés especial se buscará alcanzar una adecuada representación de las unidades y contextos geológicos recogidos en el Anexo VIII de la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, presentes en Castilla y León.
3. Su régimen de protección será el establecido en su acto declarativo y demás normativa específica.


