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Legislación › Ley 3/2015, de 2 de abril, de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de la Comunitat Valenciana.

Artículo 15. Publicidad de la convocatoria.

Artículo 15. Publicidad de la convocatoria.

La convocatoria se publicará en el «Diari Oficial de la Comunitat Valenciana». Cada cámara dará publicidad de la misma como mínimo en sus sedes sociales y en sus delegaciones, así como en aquellos lugares y por los medios de comunicación, tanto físicos como electrónicos, que considere más oportunos y que tengan la máxima difusión en su ámbito territorial o sector empresarial.

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