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Legislación › Ley 7/2015, de 2 de abril, de Participación y Colaboración Institucional de las Organizaciones Sindicales y Empresariales Representativas en la Comunitat Valenciana.

Artículo 4. Contenido de la participación institucional.

Artículo 4. Contenido de la participación institucional.

La participación institucional se hará efectiva a través de la presencia de la representación de las organizaciones sindicales y empresariales en comisiones, consejos u otros órganos colegiados semejantes de dirección, participación, consultivos o de asesoramiento, o en mesas o foros específicos de negociación o concertación socioeconómica, de acuerdo con las previsiones que se determinen en la normativa reguladora o de creación de cada órgano o entidad.

En cualquier caso, se asegurará que la representación de las organizaciones sindicales y empresariales será paritaria.

Se modifica por el art. 88 de la Ley 27/2018, de 27 de diciembre. BOE-A-2019-1987

Redacciones de este artículo

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1 de enero de 2019 En vigor BOE-A-2019-1987 Leer Qué cambió
10 de abril de 2015 Texto original Leer

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